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Términos y Condiciones
Programa de Extensión de Pago Soluciones Scotiabank®

The Bank of Nova Scotia® (Scotiabank®) República Dominicana, en lo adelante el "Banco", con domicilio en la Avenida 27 de Febrero esquina Avenida Winston Churchill, Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, tomando en cuenta la situación actual frente al COVID-19, le ofrece a todos sus clientes de Préstamos para Microempresas y Personales del segmento Soluciones Scotiabank® un programa de aplazamiento para el pago de las cuotas de sus préstamos, en lo adelante “Programa de Extensión de Pago”. El Programa de Extensión de Pago aplica para todos los clientes de Préstamos para Microempresas y Personales del segmento Soluciones Scotiabank® vigentes al 01 de abril del 2020. Si un cliente prefiere continuar realizando los pagos regulares establecidos en el contrato de préstamo y/o pagaré firmados por el cliente al momento de ser beneficiario de la facilidad, en la tabla de amortización del préstamo y en las enmiendas suscritas entre el cliente y el Banco referentes al préstamo, deberá de notificarlo al Banco por el medio dispuesto para estos fines: Enviar un correo electrónico a apoyosoluciones@scotiabank.com.do con su nombre completo, cédula de identidad o pasaporte y teléfonos de contacto, e indicando que no quiere participar en el Programa de Extensión de Pago. Si no puede enviar el correo electrónico, puede responder el mensaje SMS que estaremos enviando a su teléfono móvil siguiendo las instrucciones indicadas.

La participación del cliente en el Programa de Extensión de Pago implica que el mismo acepta acogerse a los siguientes Términos y Condiciones, así como a las decisiones que adopte el Banco sobre cualquier cuestión no prevista en los mismos, los cuales se considerarán conocidos y aceptados por el cliente por el solo hecho de participar en el programa.

El Programa de Extensión de Pago comprende un período de tres (3) meses, comenzando el 01 de abril de 2020 y terminando el 30 de junio de 2020, este es el denominado "Período de Aplazamiento". Las cuotas correspondientes a estos tres (3) meses se agregarán al final de su calendario de pagos, es decir, que el préstamo extenderá su vigencia por tres (3) meses adicionales a la fecha de vencimiento pautada en el contrato de préstamo y/o pagaré firmados por el cliente al momento de ser beneficiario de la facilidad, en la tabla de amortización del préstamo y en las enmiendas suscritas entre el cliente y el Banco referentes al préstamo. Las cuotas aplazadas serán contentivas de la proporción de capital, intereses y prima de seguros asociados al préstamo.

Durante este período de tres (3) meses, el balance adeudado devengará intereses a la tasa de interés vigente para el préstamo al 01 de abril 2020, en base anual sobre el saldo insoluto de los valores adeudados, calculados sobre la base de un año de trescientos sesenta (360) días. Los intereses adicionales serán acumulados y guardados para ser pagados por el cliente en un (1) sólo pago al final del préstamo como parte del balance de cancelación. De igual manera, la prima de seguros correspondiente a los tres (3) meses que comprenden el Período de Aplazamiento deberán ser pagados por el cliente al final del préstamo como parte del balance de cancelación.

La participación en el Programa de Extensión de Pago y los presentes Términos y Condiciones no implica una enmienda, revocación, rescisión ni novación del contrato de préstamo y/o pagaré firmados por el cliente al momento de ser beneficiario de la facilidad, de la tabla de amortización del préstamo ni de las enmiendas suscritas entre el cliente y el Banco referentes al préstamo, por lo que las únicas modificaciones aplicables lo serán en lo que respecta al pago de las cuotas del préstamo y el aplazamiento de la cancelación del préstamo, dentro del marco de lo establecido en estos términos y condiciones. Después de la culminación del Período de Aplazamiento, todos los pagos establecidos en el contrato de préstamo y/o pagaré firmados por el cliente al momento de ser beneficiario de la facilidad, en la tabla de amortización del préstamo y en las enmiendas suscritas entre el cliente y el Banco referentes al préstamo deben realizarse de conformidad con los términos y condiciones establecidos en los mismos, hasta la cancelación de la totalidad de las sumas adeudadas en virtud del préstamo otorgado por el Banco al cliente por concepto de capital, intereses, primas de seguro, accesorios y cualquier otra suma adeudada por el cliente en virtud del contrato de préstamo y/o pagaré firmados por el cliente al momento de ser beneficiario de la facilidad, en la tabla de amortización del préstamo y en las enmiendas suscritas entre el cliente y el Banco referentes al préstamo.

El Programa de Extensión de Pago de ninguna manera implica la renuncia por parte del Banco a ningún derecho y recurso disponible para el Banco en virtud del contrato del préstamo y/o pagaré firmados por el cliente al momento de ser beneficiario de la facilidad y en las enmiendas suscritas entre el cliente y el Banco referentes al préstamo. El Programa de Extensión de Pago estará sujeto a todas las leyes y regulaciones vigentes en la República Dominicana y para todo lo no previsto en este documento tanto el Banco como los clientes se remiten al derecho común. Cualquier disputa que pueda surgir relacionada con estos Términos y Condiciones y con el Programa de Extensión de Pago se regirá por las leyes de la República Dominicana. Cualquier reclamación deberá ser previamente sometida ante el Banco y en caso de no recibir respuesta en un plazo de treinta (30) días calendario, los clientes participantes podrán acudir por ante el Departamento de Protección al Usuario de los Servicios Financieros de la Superintendencia de Bancos (PROUSUARIO-SB). Para los casos de demandas, acciones legales o litigios en general que surjan en relación con estos Términos y Condiciones, la jurisdicción aplicable será la de los Tribunales correspondientes de la República Dominicana. Los presentes Términos y Condiciones aplican únicamente al Programa de Extensión de Pago y no se aplican a ningún otro programa o promoción que pueda ser realizado por el Banco individualmente o conjuntamente con cualquier otra entidad (o marca).

El funcionamiento y operatividad de los préstamos se regirá por el contrato de préstamo y/o pagaré firmados por el cliente al momento de ser beneficiario de la facilidad, la tabla de amortización del préstamo, las enmiendas suscritas entre el cliente y el Banco referentes al préstamo, los Tarifarios de Productos y Servicios del Banco y cualquier otro documento aplicable.

El Banco se reserva el derecho a su entera discreción de excluir del Programa de Extensión de Pago en cualquier momento y sin previo aviso, a cualquier cliente que el Banco sospeche que haya atentado contra el normal desempeño de la administración, seguridad, justicia y rectitud del mismo.

Para información adicional los clientes pueden llamar a su Ejecutivo de Negocios o al Centro de Contacto al número 809-547-9000. Las llamadas desde el interior conllevan los cargos adicionales aplicados por las telefónicas.