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Términos y Condiciones
Programa de Ayuda para Tarjetas de Crédito de Banca Personal - Aplaza tus Pagos por 3 meses

The Bank of Nova Scotia® (Scotiabank®) República Dominicana, en lo adelante el "Banco", con domicilio en la Avenida 27 de Febrero esquina Avenida Winston Churchill, Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, tomando en cuenta la situación actual frente al COVID-19 le ofrece a todos sus clientes de Banca Personal, un programa de aplazamiento para el pago mínimo y total de sus tarjetas de crédito, en lo adelante “Programa de extensión de pago o Programa”. El Programa de extensión de pago aplica para todos los clientes de Tarjetas de Crédito Personales vigentes al 1 de abril de 2020, los cuales estén al día y no presenten sobregiros.

La participación del cliente en el Programa de Extensión de Pago implica que el mismo acepta acogerse a los siguientes Términos y Condiciones.

Si un cliente prefiere continuar realizando los pagos regulares a sus tarjetas de crédito, puede hacerlo sin necesidad de contactar al Banco, solo procede a realizar el pago según se indica en su estado de cuenta mensual y por los Canales disponibles.

El Programa de Extensión de Pago comprende un período de tres (3) meses, comenzando el 1 de abril de 2020 y terminando el 30 de junio de 2020, este es el denominado "Período de Aplazamiento".

El Programa de Extensión de Pago comprende un período de tres (3) meses, comenzando el 1 de abril de 2020 y terminando el 30 de junio de 2020, este es el denominado "Período de Aplazamiento" y aplica a los cortes generados en este período. Durante este período, el balance de capital adeudado devengará intereses a la tasa de interés de su tarjeta de crédito, según se establece en el contrato suscrito con el cliente.

El cliente reconoce y acepta que posee una deuda con el Banco por los intereses, comisiones, cargos y capital que deja de pagar por el periodo de este programa por lo que al terminar el mismo, se compromete a pagar el monto acumulado de estos tres (3) meses.

Al mes siguiente de finalizar este programa (julio de 2020), el cliente tendrá reflejado en su pago mínimo, la totalidad de dichos intereses, comisiones y cargos, más una proporción del capital vigente, más el capital vencido del (los) pago (s) mínimo (s) del (los) mes (es) anterior (es) según se establece en el Instructivo Operativo para la Aplicación del reglamento de Tarjetas de Crédito.

En caso de que posea un Acuerdo de Pago con su tarjeta de crédito de Scotiabank, las condiciones permanecen igual a lo suscrito previamente en ese acuerdo, solo que de optar por el Programa de Extensión de Pago, comenzando el 1 de abril de 2020, se extenderá su vigencia por tres (3) meses adicionales a la fecha de vencimiento previamente pautada en el contrato.

El Programa de Extensión de Pagos libera, en caso de que opte por este Programa, de realizar el pago mínimo obligatorio por el periodo establecido, sin que durante este periodo se afecte su historial de crédito ni se le generen cargos y/o días de atraso.

El cliente durante este periodo del Programa, que se encuentre en estatus normal, es decir, sin estatus de delincuencia, podrá continuar haciendo uso de su tarjeta de crédito, siempre y cuando posea crédito disponible en la misma. De igual forma, los cargos recurrentes de servicios, seguros, entre otros, serán aprobados siempre que posea límite para realizar dichos cargos. En el caso de que el cliente no posea límite disponible y por tanto, estos cargos no puedan ser realizados a la tarjeta, el Banco no es responsable de la suspensión de cualquier servicio, seguro o cargo, por el no pago del mismo a falta de crédito disponible.

La participación en el Programa y los presentes Términos y Condiciones no implica una enmienda, revocación, rescisión ni novación del contrato de tarjetas de crédito y/o acuerdos firmados por el cliente al momento de ser beneficiario del producto de tarjetas de crédito, por lo que las únicas modificaciones aplicables lo serán en lo que respecta al aplazamiento de sus pagos, pago del pago mínimo y/o dentro del marco de lo establecido en estos términos y condiciones. Después de la culminación del Período de Aplazamiento, el cliente debe de proceder con el pago normal de sus compromisos mensualmente según fue estipulado en el contrato suscrito entre el Cliente y el Banco al momento de contratación de este producto de conformidad con los términos y condiciones establecidos en los mismos, hasta la cancelación de la totalidad de las sumas adeudadas.

El Programa de Extensión de Pago de ninguna manera implica la renuncia por parte del Banco a ningún derecho y recurso disponible para el Banco en virtud del contrato de la tarjeta de crédito y/o acuerdos firmados por el cliente al momento de ser beneficiario de la facilidad de crédito. El Programa estará sujeto a todas las leyes y regulaciones vigentes en la República Dominicana y para todo lo no previsto en este documento tanto el Banco como los clientes se remiten al derecho común. Cualquier disputa que pueda surgir relacionada con estos Términos y Condiciones y con el Programa se regirá por las leyes de la República Dominicana. Cualquier reclamación deberá ser previamente sometida ante el Banco y en caso de no recibir respuesta en un plazo de treinta (30) días calendario, los clientes participantes podrán acudir por ante el Departamento de Protección al Usuario de los Servicios Financieros de la Superintendencia de Bancos (PROUSUARIO-SB). Para los casos de demandas, acciones legales o litigios en general que surjan en relación con estos Términos y Condiciones, la jurisdicción aplicable será la de los Tribunales correspondientes de la República Dominicana.

Los presentes Términos y Condiciones aplican únicamente al Programa de Extensión de Pago y no se aplican a ningún otro programa o promoción que pueda ser realizado por el Banco individualmente o conjuntamente con cualquier otra entidad (o marca).

El funcionamiento y operatividad de las tarjetas de créditos se regirá por el contrato de dicho producto firmado por el cliente al momento de ser beneficiario del producto, los Tarifarios de Productos y Servicios del Banco y cualquier otro documento aplicable.

El Banco se reserva el derecho a su entera discreción de excluir del Programa de Extensión de Pago en cualquier momento y sin previo aviso, a cualquier cliente que el Banco sospeche que haya atentado contra el normal desempeño de la administración, seguridad, justicia y rectitud del mismo.

 

Para información adicional los clientes pueden escribir al correo electrónico drinfo@scotiabank.com o llamar al número de teléfono 809-567-7268 y desde el interior sin cargos al 1-200-7268 en horario de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. ®Marca registrada de The Bank of Nova Scotia